miércoles, 6 de diciembre de 2017

LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y LA CONVIVENCIA

Preámbulo

 

    DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA, A TODOS LOS QUE LA PRESENTE VIEREN Y ENTENDIEREN, SABED: QUE LAS CORTES HAN APROBADO Y EL PUEBLO ESPAÑOL RATIFICADO LA SIGUIENTE CONSTITUCIÓN:
    PREÁMBULO
    La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de:
    Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.
    Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.
    Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.
    Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
    Establecer una sociedad democrática avanzada, y
    Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
    En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente
    CONSTITUCIÓN


domingo, 3 de diciembre de 2017

RECONOCIMIENTO

RESOLUCIÓN provisional de 1 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se reconocen centros docentes pertenecientes a la Red Andaluza “Escuela: Espacio de Paz” como Centros Promotores de Convivencia Positiva (Convivencia+) durante el curso 2016/2017

Publicada la Resolución provisional del curso 2016/2017, por la que se reconocen a los centros de la Red Andaluza "Escuela: Espacio de Paz" como Promotores de Convivencia Positiva.
Tal como establece la Orden de 11 de abril de 2011, por la que se regula la participación de los centros docentes en la Red Andaluza “Escuela: Espacio de Paz” y el procedimiento para solicitar reconocimiento como Centros Promotores de Convivencia Positiva (Convivencia+). BOJA Nº 85 de 3/05/2011, los centros que deseenpresentar alegaciones o renuncia expresa, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación, debiendo realizarlo mediante el Sistema de Información Séneca.